Si usted presenta una solicitud de audiencia adecuada antes de
la fecha establecida que entre en vigor la acción del Condado,
la ayuda puede continuar al mismo nivel en la mayoría de los
casos. En la audiencia, el Juez de Derecho Administrativo puede
ordenar la continuación de su pago de asistencia hasta que se
tome la decisión de la audiencia si el pago de su asistencia
continua fue originalmente denegado. El pago de su asistencia
se inicia dentro de los 5 días a partir de la fecha de presentación
de la apelación y se emite dentro de la fecha normal de emisión
de beneficios.