Cambios en la Política de CalFresh Sobre Personas sin Ciudadanía
A partir del 1 de abril de 2026, la elegibilidad para CalFresh se limitará a personas que residen en los Estados Unidos (EE. UU.) y son:
Ciertos no-ciudadanos, como, entre otros, asilados, refugiados, personas en libertad condicional, personas con deportación o expulsión retenida, personas que ingresan condicionalmente, no-ciudadanos maltratados y víctimas de trata, ya no serán elegibles para recibir beneficios de CalFresh. Sin embargo, usted podría ser elegible para CalFresh si su estatus migratorio cambia a Residente Legal Permanente (LPR) y cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad.
Si usted actualmente recibe beneficios de CalFresh, esto continuará hasta su renovación si cumple con todos los demás criterios de elegibilidad. Asegúrese de informar a su trabajador al momento de la renovación si su estatus migratorio ha cambiado y proporcione verificación.
Los hogares afectados podrían experimentar una reducción o interrupción de los beneficios al momento de su renovación.
Los nuevos hogares que soliciten CalFresh el 1 de abril de 2026 o después serán evaluados basado en este cambio de política.
Cambios en la emisión del Subsidio de Asistencia para Servicios Públicos del Estado (SUAS) para reclamar la deducción de la cantidad estándar permitida para servicios públicos (SUA)
A partir del 1 de noviembre de 2025, solo los hogares con un miembro de 60 años o más o con una discapacidad, y que no tengan gastos de calefacción o aire acondicionado aparte de los costos de la vivienda, podrán reclamar la deducción de la cantidad estándar permitida para servicios públicos (Standard Utility Allowance o SUA), con la emisión del pago del Subsidio de Asistencia de Servicios Públicos del Estado (SUAS). Usando la deducción del SUA puede aumentar los beneficios mensuales de CalFresh del hogar o hacer que el hogar sea elegible para recibir beneficios.
Actualmente, los hogares que no tienen costos de calefacción o aire acondicionado separados de sus costos de la vivienda y no califican para la SUA reciben un Subsidio de Asistencia de Servicios Públicos del Estado (un pago anual de asistencia energética de $20.01) que les da derecho a reclamar la SUA. Bajo la ley H.R. 1, esta opción ahora está limitada a los hogares con un miembro de 60 años o más o con una discapacidad.
Si su hogar incluye a un miembro de 60 años o más o con una discapacidad, seguiremos emitiéndole este pago anual de asistencia energética automáticamente para que pueda reclamar la deducción de la SUA.
Debido a este cambio, los hogares sin un miembro de 60 años o más o con una discapacidad, que anteriormente recibían un pago anual de asistencia energética para este propósito podrían experimentar una reducción en su beneficio mensual de CalFresh. Una menor parte de estos hogares podrían perder la elegibilidad para CalFresh.
Para los hogares nuevos, este cambio entrará en vigor en el momento de la solicitud, a partir del 1 de noviembre de 2025. Para los hogares existentes, este cambio entrará en efecto en su próxima renovación para los beneficios de CalFresh.
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