Un registrante de trabajo es una persona que recibe CalFresh que tiene entre 16 y 59 años y debe registrarse para trabajar, y que no califica para una exención.
Algunas personas que reciben CalFresh podrían tener que seguir reglas de trabajo para mantener sus beneficios. Hay dos tipos de reglas de trabajo:
Muchas personas no tienen que seguir estas reglas porque califican para una exención.
Registro de Trabajo
El Registro de Trabajo es la regla general de trabajo para CalFresh. La mayoría de las personas de entre 16 y 59 años deben registrarse para trabajar, a menos que califiquen para una exención. Si se le exige registrarse, se le llama un registrante de trabajo. Usted será registrado para trabajar cuando solicite CalFresh y nuevamente, cada 12 meses durante su recertificación para mantener sus beneficios. Esto ocurre automáticamente para todos los registrantes de trabajo cuando un adulto responsable firma la solicitud de CalFresh.
Si el Registro de Trabajo le corresponde a usted, es posible que necesite:
Si usted renuncia, rechaza un trabajo o trabaja menos de 30 horas a la semana sin una buena razón, sus beneficios de CalFresh podrían suspenderse o reducirse.
Un registrante de trabajo es una persona que recibe CalFresh que tiene entre 16 y 59 años y debe registrarse para trabajar, y que no califica para una exención.
Usted está exento de las reglas de Registro de Trabajo si usted es/está:
Usted puede demostrar que cumple con los requisitos para una exención de diferentes maneras. Es posible que el DPSS ya podría tener la información necesaria en su solicitud o registros de su caso. Si se necesita más información, es posible que se le pida que proporcione documentos tales como:
Si no está seguro de qué proporcionar, no se preocupe. Le haremos saber lo que se necesita y le guiaremos a través del proceso.
Comuníquese con el DPSS lo antes posible si:
Reportar cambios rápidamente puede ayudar a proteger sus beneficios.
Buenas razones para renunciar, rechazar un empleo o trabajar menos de 30 horas a la semana incluyen situaciones fuera de su control, tales como:
Si usted no cumple con las reglas de Registro de Trabajo y no tiene una buena razón, sus beneficios de CalFresh podrían suspenderse por 1 mes, 3 meses o 6 meses. Para recuperar sus beneficios, usted podrá volver a solicitarlos una vez que cumpla con las reglas o califique para una exención.
No, estos son dos conjuntos de reglas diferentes. El Registro de Trabajo es una regla laboral básica para la mayoría de las personas entre 16 y 59 años que reciben CalFresh. Significa que usted debe registrarse para trabajar y aceptar ofertas de trabajo adecuadas a menos que califique para una exención. Los Requisitos de Trabajo de CalFresh (ABAWD) son reglas adicionales que se aplican a algunos adultos. Estas reglas requieren completar un número determinado de horas de trabajo o actividades aprobadas cada mes para seguir recibiendo los beneficios de CalFresh. Los adultos de 60 años o más están exentos del Registro de Trabajo debido a su edad. Sin embargo, los adultos de entre 60 y 64 años aún podrían tener que cumplir con los Requisitos de Trabajo de CalFresh (ABAWD).
Requisitos de Trabajo de CalFresh (ABAWD)
Algunos adultos que reciben CalFresh deben cumplir con reglas laborales adicionales llamadas Requisitos de Trabajo de CalFresh, también conocidos como ABAWD. ABAWD significa Adultos Capaces para Trabajar Sin Dependientes.
Estas reglas pueden aplicarse a los adultos que:
Un ABAWD es una persona que recibe CalFresh, tiene entre 18 y 64 años, es capaz de trabajar y no tiene un niño dependiente menor de 14 años en su hogar de CalFresh.
Si las reglas de ABAWD se aplican a usted, solo podrá recibir beneficios de CalFresh durante tres meses dentro de un período fijo de 36 meses, a menos que usted:
En California, el estado tiene un reloj estatal fijo. El reloj estatal fijo actual es del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.
Usted puede cumplir con los requisitos de trabajo ABAWD de las siguientes maneras:
Usted puede demostrar que cumple con los requisitos para una exención de diferentes maneras. En muchos casos, es posible que el DPSS ya podría tener la información necesaria en su solicitud o registros de su caso. Si se necesita más información, es posible que se le pida que proporcione documentos tales como:
Si usted no está seguro de qué proporcionar, no se preocupe. Nosotros le haremos saber lo que se necesita y le guiaremos a través del proceso.
Si usted recibe un mes completo de beneficios de CalFresh, pero no cumple con los requisitos laborales y no califica para una exención, ese mes podría contar para el límite de tiempo de tres meses. Esto se llama un mes computable.
Si usted alcanza tres meses computables dentro de un período fijo de 36 meses, sus beneficios de CalFresh podrían suspenderse o reducirse. Para restablecer sus beneficios, es posible que deba volver a solicitarlos una vez que cumpla con el requisito laboral o califique para una exención.
A partir del 1 de junio de 2026, California comenzará a aplicar estas reglas en fases.
A partir del 1 de junio de 2026, el DPSS verificará si los participantes de CalFresh reúnen los requisitos para una exención o deben seguir las reglas de ABAWD.
Si usted solicita CalFresh el 1 de junio de 2026 o después:
Si usted ya recibes CalFresh:
Si usted cumple los requisitos para una exención:
Si las reglas se aplican a usted:
Comuníquese con el DPSS lo antes posible si:
Reportar cambios rápidamente puede ayudar a proteger sus beneficios.
¿Necesita Ayuda?
Si usted tiene preguntas sobre las reglas de trabajo de CalFresh, comuníquese con: