Los programas de exención de Servicios basados en el hogar y la comunidad (HCBS) son los programas que sirven a las personas con discapacidades que viven en el hogar o en instalaciones no médicas (establecimientos como un centro de residencia asistida o de hospedaje y cuidado) en lugar de un hogar de ancianos (también conocido como centro de cuidado a largo plazo). Las exenciones de HCBS utilizan reglas especiales de elegibilidad de Medi-Cal (reglas de exención), que permiten que los ingresos y bienes pertenecientes al cónyuge o padre de la persona exenta no se tomen en cuenta o "sean renunciados".
Las reglas de exención especial (que eximen los ingresos de su cónyuge o padre) se aplicarán solo si tiene demasiados ingresos para Medi-Cal gratis (elegible con una Parte del Costo).
Su trabajador puede proporcionarle más información sobre qué programa es más beneficioso para usted.
No hay límite de ingresos y solo sus ingresos se utilizarán para determinar su elegibilidad y Parte del Costo si la hubiera.
A partir del 1 de enero de 2024, una nueva ley en California otorga Medi-Cal completo a todas las personas en California que califican para el programa. A diferencia de antes, el estatus migratorio ya no es un factor. Esta nueva ley garantiza que todos los residentes de California que sean elegibles reciban todos los beneficios de Medi-Cal, lo que mejora el acceso a la atención médica para todas las personas en California.
Su elegibilidad para Medi-Cal debe ser revisada al menos una vez al año.
Comuníquese con la línea de información del Departamento de Atención Médica en el Hogar del Sur de California al: (213) 897-6774
La agencia HCBS enviará una solicitud de Medi-Cal al Departamento de Servicios Sociales Públicos (DPSS) en su nombre.