Los programas de exención de Servicios basados en el hogar y la comunidad (HCBS) son los programas que sirven a las personas con discapacidades que viven en el hogar o en instalaciones no médicas (establecimientos como un centro de residencia asistida o de hospedaje y cuidado) en lugar de un hogar de ancianos (también conocido como centro de cuidado a largo plazo). Las exenciones de HCBS utilizan reglas especiales de elegibilidad de Medi-Cal (reglas de exención), que permiten que los ingresos y bienes pertenecientes al cónyuge o padre de la persona exenta no se tomen en cuenta o "sean renunciados".
Las reglas de exención especial (que eximen los ingresos de su cónyuge o padre) se aplicarán solo si tiene demasiados ingresos para Medi-Cal gratis (elegible con una Parte del Costo).
Su trabajador puede proporcionarle más información sobre qué programa es más beneficioso para usted.
No hay límite de ingresos y solo sus ingresos se utilizarán para determinar su elegibilidad y Parte del Costo si la hubiera.
Actualmente, todos los residentes de California que cumplen con los requisitos de elegibilidad reciben Medi-Cal con cobertura completa, sin importar su estatus migratorio.
A partir del 1 de enero de 2026, los adultos mayores de 19 años que no tengan un estatus migratorio satisfactorio y soliciten Medi-Cal, recibirán Medi-Cal restringido, si reúnen los requisitos de elegibilidad.
Las personas que solicitaron Medi-Cal antes del 1 de enero de 2026 continuarán recibiendo Medi-Cal con cobertura completa hasta el 30 de junio de 2026. A partir del 1 de julio de 2026, pasarán a Medi-Cal completa sin cobertura dental. Todos los servicios de atención primaria y medicamentos seguirán cubiertos, excepto los servicios dentales.
Los niños (0 a 18 años) y las personas embarazadas seguirán recibiendo Medi-Cal con cobertura completa, sin importar su estatus migratorio.
Su elegibilidad para Medi-Cal debe ser revisada al menos una vez al año.
Comuníquese con la línea de información del Departamento de Atención Médica en el Hogar del Sur de California al: (213) 897-6774
La agencia HCBS enviará una solicitud de Medi-Cal al Departamento de Servicios Sociales Públicos (DPSS) en su nombre.